Por WILFREDO CANCIO ISLA
El Nuevo Herald
El Nuevo Herald
Para los cubanos que deseen viajar al extranjero, el proceso será ahora un poco más estricto, demorado y, en algunos casos, más costoso.
A partir de ayer el gobierno cubano reforzó el control sobre los trámites de los ciudadanos nacionales que quieran viajar al exterior por invitación familiar o asuntos personales, según dos resoluciones aparecidas en la gaceta oficial del país.
La resolución 87/2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores dispone que cualquier invitación para visitas al extranjero por motivos personales sólo podrá tramitarse ante los consulados cubanos en el exterior y mediante un documento notarial debidamente legalizado, en conformidad con las leyes del país donde se expida.
La clave de la medida es que a partir de ahora los cónsules estarán autorizados para invalidar las invitaciones cuando lo consideren oportuno.
''Los cónsules están facultados para rechazar la invitación cuando concurran elementos que así lo aconsejen'', indica el texto de la resolución firmada por el canciller Felipe Pérez Roque.
De acuerdo con los reglamentos migratorios vigentes, los cubanos que fueran invitados por familiares o amigos residentes en el exterior debían presentar una carta notarizada, pero el documento de invitación podía certificarse en la Consultoría Jurídica Internacional de La Habana o en dependencias notariales en el interior del país.
La opción de formalizar la carta de invitación en territorio cubano era usada por muchas personas para agilizar los trámites de viaje, apelando generalmente a un visitante o amigo extranjero.
Incluso esta alternativa era común entre quienes habían procesado con éxito la visa de visita a Estados Unidos y aguardaban por la invitación familiar para proseguir las gestiones ante la Dirección de Inmigración y Extranjería.
Pero eso no será posible hacerlo desde este 2 de mayo.
Una resolución complementaria del Ministerio de Justicia (MINJUS), suscrita por la titular María Esther Reus González, dictamina que todos los notarios de ese organismo, sus extensiones y las sociedades civiles de servicio se abstendrán de formalizar escrituras de invitación de ciudadanos extranjeros y ciudadanos cubanos residentes en el exterior a cubanos que vivan en la isla.
El MINJUS dispuso comunicar de inmediato la nueva reglamentación a la Dirección de Notarías y Registros Civiles, así como a las entidades que ofrecen servicios jurídicos en divisas: Consultores y Abogados Internacionales (CONABI), el bufete del organismo; Consultoría Jurídica Internacional (perteneciente a la corporación CIMEX) y Bufete Internacional (Cubanacán).
Las regulaciones no afectarán el trabajo de las agencias de viajes a Cuba radicadas en Estados Unidos, las cuales procesan cartas de invitación a través del Consulado cubano en Washington por un costo aproximado de $180.
El precio del documento de invitación es de $136, pero la Oficina de Intereses de Cuba incluye una tarifa adicional de $20 si el interesado no comparece personalmente a tramitarlo en la sede diplomática.
De hecho, agencias consultadas por El Nuevo Herald desconocían las resoluciones emitidas por Cuba.
''Para nosotros esta medida no tiene ningún impacto'', dijo Armando García, el presidente de Marazul en Miami. ``Considero que está concebida para racionalizar y garantizar las funciones consulares sobre un proceso que estaba totalmente descontrolado''.
En Cuba, la formalización de las cartas de invitación se hallaba congelada desde hace días, a la espera de las nuevas regulaciones.
Desde ayer, el procedimiento implica que el documento notarial de la invitación contenga ``los [datos] generales del invitante y el invitado, el motivo de la visita y el compromiso del invitante de responder económica y legalmente por el invitado ante las autoridades del país en que reside''.
Al recibir el documento notarial, los cónsules verificarán el cumplimiento de los requisitos para la invitación, aceptarán el documento después de confirmar su autenticidad y elaborarán una certificación oficial que será presentada ante las autoridades migratorias cubanas.
En su función notarial, los cónsules quedarán facultados para formalizar la invitación cuando existan vínculos de parentesco comprobados ``hasta el segundo grado de consanguinidad entre el invitante y el invitado''.
Abogados y expertos legales entrevistados ayer telefónicamente por El Nuevo Herald opinaron que los decretos gubernamentales pretenden cerrar el paso a las irregularidades en las cartas de invitación obtenidas por los residentes cubanos, aunque no descartan que el procedimiento se haga más lento.
''Como todos los procesos dentro de Cuba, la obtención de la carta para viajar al extranjero estaba abierta a la corrupción'', dijo el abogado disidente René Gómez Manzano. 'Pasando un `dinerito' no era difícil conseguirla a través de alguna dependencia jurídica''.
La preocupación de que las nuevas reglas hagan más engorroso el trámite está también latente entre analistas y público en general.
Por lo general, una carta notarizada en el extranjero se tardaba hasta tres meses en llegar a manos del invitado.
Pero también el proceso podría encarecerse en ciertos casos.
Una de las cláusulas de la resolución 87/2007 advierte que en los casos de países que exigen la presentación del documento notarial de invitación como requisito para procesar el visado, la persona que invita deberá presentar una copia adicional de la carta notarizada.
La copia le será devuelta para uso del invitado cubano ante la representación diplomática del país que planea visitar.
''Esta legalización constituye un servicio consular distinto, y en consecuencia, se abonará por ella el arancel consular correspondiente'', explica el decreto.
Además de la carta de invitación, los viajeros cubanos tienen que tramitar el pasaporte (a un costo de $60) y el permiso de salida ($165). El salario promedio en Cuba es de 330 pesos (unos $16).
A partir de ayer el gobierno cubano reforzó el control sobre los trámites de los ciudadanos nacionales que quieran viajar al exterior por invitación familiar o asuntos personales, según dos resoluciones aparecidas en la gaceta oficial del país.
La resolución 87/2007 del Ministerio de Relaciones Exteriores dispone que cualquier invitación para visitas al extranjero por motivos personales sólo podrá tramitarse ante los consulados cubanos en el exterior y mediante un documento notarial debidamente legalizado, en conformidad con las leyes del país donde se expida.
La clave de la medida es que a partir de ahora los cónsules estarán autorizados para invalidar las invitaciones cuando lo consideren oportuno.
''Los cónsules están facultados para rechazar la invitación cuando concurran elementos que así lo aconsejen'', indica el texto de la resolución firmada por el canciller Felipe Pérez Roque.
De acuerdo con los reglamentos migratorios vigentes, los cubanos que fueran invitados por familiares o amigos residentes en el exterior debían presentar una carta notarizada, pero el documento de invitación podía certificarse en la Consultoría Jurídica Internacional de La Habana o en dependencias notariales en el interior del país.
La opción de formalizar la carta de invitación en territorio cubano era usada por muchas personas para agilizar los trámites de viaje, apelando generalmente a un visitante o amigo extranjero.
Incluso esta alternativa era común entre quienes habían procesado con éxito la visa de visita a Estados Unidos y aguardaban por la invitación familiar para proseguir las gestiones ante la Dirección de Inmigración y Extranjería.
Pero eso no será posible hacerlo desde este 2 de mayo.
Una resolución complementaria del Ministerio de Justicia (MINJUS), suscrita por la titular María Esther Reus González, dictamina que todos los notarios de ese organismo, sus extensiones y las sociedades civiles de servicio se abstendrán de formalizar escrituras de invitación de ciudadanos extranjeros y ciudadanos cubanos residentes en el exterior a cubanos que vivan en la isla.
El MINJUS dispuso comunicar de inmediato la nueva reglamentación a la Dirección de Notarías y Registros Civiles, así como a las entidades que ofrecen servicios jurídicos en divisas: Consultores y Abogados Internacionales (CONABI), el bufete del organismo; Consultoría Jurídica Internacional (perteneciente a la corporación CIMEX) y Bufete Internacional (Cubanacán).
Las regulaciones no afectarán el trabajo de las agencias de viajes a Cuba radicadas en Estados Unidos, las cuales procesan cartas de invitación a través del Consulado cubano en Washington por un costo aproximado de $180.
El precio del documento de invitación es de $136, pero la Oficina de Intereses de Cuba incluye una tarifa adicional de $20 si el interesado no comparece personalmente a tramitarlo en la sede diplomática.
De hecho, agencias consultadas por El Nuevo Herald desconocían las resoluciones emitidas por Cuba.
''Para nosotros esta medida no tiene ningún impacto'', dijo Armando García, el presidente de Marazul en Miami. ``Considero que está concebida para racionalizar y garantizar las funciones consulares sobre un proceso que estaba totalmente descontrolado''.
En Cuba, la formalización de las cartas de invitación se hallaba congelada desde hace días, a la espera de las nuevas regulaciones.
Desde ayer, el procedimiento implica que el documento notarial de la invitación contenga ``los [datos] generales del invitante y el invitado, el motivo de la visita y el compromiso del invitante de responder económica y legalmente por el invitado ante las autoridades del país en que reside''.
Al recibir el documento notarial, los cónsules verificarán el cumplimiento de los requisitos para la invitación, aceptarán el documento después de confirmar su autenticidad y elaborarán una certificación oficial que será presentada ante las autoridades migratorias cubanas.
En su función notarial, los cónsules quedarán facultados para formalizar la invitación cuando existan vínculos de parentesco comprobados ``hasta el segundo grado de consanguinidad entre el invitante y el invitado''.
Abogados y expertos legales entrevistados ayer telefónicamente por El Nuevo Herald opinaron que los decretos gubernamentales pretenden cerrar el paso a las irregularidades en las cartas de invitación obtenidas por los residentes cubanos, aunque no descartan que el procedimiento se haga más lento.
''Como todos los procesos dentro de Cuba, la obtención de la carta para viajar al extranjero estaba abierta a la corrupción'', dijo el abogado disidente René Gómez Manzano. 'Pasando un `dinerito' no era difícil conseguirla a través de alguna dependencia jurídica''.
La preocupación de que las nuevas reglas hagan más engorroso el trámite está también latente entre analistas y público en general.
Por lo general, una carta notarizada en el extranjero se tardaba hasta tres meses en llegar a manos del invitado.
Pero también el proceso podría encarecerse en ciertos casos.
Una de las cláusulas de la resolución 87/2007 advierte que en los casos de países que exigen la presentación del documento notarial de invitación como requisito para procesar el visado, la persona que invita deberá presentar una copia adicional de la carta notarizada.
La copia le será devuelta para uso del invitado cubano ante la representación diplomática del país que planea visitar.
''Esta legalización constituye un servicio consular distinto, y en consecuencia, se abonará por ella el arancel consular correspondiente'', explica el decreto.
Además de la carta de invitación, los viajeros cubanos tienen que tramitar el pasaporte (a un costo de $60) y el permiso de salida ($165). El salario promedio en Cuba es de 330 pesos (unos $16).
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Artículo publicado en el Nuevo Herald www.elNuevoHerald.com,
Fuente: www.AIPE.net, www.elcato.org
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